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En relación con el:
"DECRETO por el que se sujeta a precio máximo el gas natural que venden Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios a los consumidores industriales y a los permisionarios de distribución y sus empresas filiales, que adquieran dicho energético para la venta en sus zonas geográficas de distribución, en los términos del permiso respectivo otorgado por la Comisión Reguladora de Energía."

publicado el DIARIO OFICIAL el Lunes 12 de septiembre de 2005.

y que en su TRANSITORIO PRIMERO señala:

"PRIMERO.- El presente Decreto entrara en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su vigencia seré hasta el último día del mes en el que se haya reestablecido la producción de gas natural de los Estados Unidos de América en el Golfo de México, zona afectada por el huracán "Katrina".
Para los efectos del párrafo anterior, se considerará que la producción se ha reestablecido cuando. en dicha zona, se alcance por un periodo de 30 días un nivel promedio de producción diaria equivalente a 8.0 miles de millones de pies cúbicos que representan aproximadamente el 80 por ciento de la producción estimada en condiciones de operación normales.
Una vez que se actualice el supuesto señalado en el párrafo anterior, con base en la información pública disponible, la Comisión Reguladora de Energía lo hará del conocimiento del público en general a través de la publicación del aviso correspondiente en el Diario Oficial de la Federación."

Agradeceré a Ustedes se me proporcione la siguiente información:

¿Cuál ha sido el nivel promedio de producción diaria durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año?

sábado, 04 de febrero de 2006 06:03:46 a.m.

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