En relación con el:
"DECRETO por el que se sujeta a precio máximo el gas
natural que venden Petróleos Mexicanos y sus organismos
subsidiarios a los consumidores industriales y a los
permisionarios de distribución y sus empresas filiales, que
adquieran dicho energético para la venta en sus zonas
geográficas de distribución, en los términos del permiso
respectivo otorgado por la Comisión Reguladora de
Energía."
publicado el DIARIO OFICIAL el Lunes 12 de septiembre de 2005.
y que en su TRANSITORIO PRIMERO señala:
"PRIMERO.- El presente Decreto entrara en
vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación y su vigencia seré hasta el último día del mes en
el que se haya reestablecido la producción de gas natural de los
Estados Unidos de América en el Golfo de México, zona afectada
por el huracán "Katrina".
Para los efectos del párrafo anterior, se considerará que la
producción se ha reestablecido cuando. en dicha zona, se alcance
por un periodo de 30 días un nivel promedio de producción
diaria equivalente a 8.0 miles de millones de pies cúbicos que
representan aproximadamente el 80 por ciento de la producción
estimada en condiciones de operación normales.
Una vez que se actualice el supuesto señalado en el párrafo
anterior, con base en la información pública disponible, la
Comisión Reguladora de Energía lo hará del conocimiento del
público en general a través de la publicación del aviso
correspondiente en el Diario Oficial de la Federación."
Agradeceré a Ustedes se me proporcione la siguiente
información:
¿Cuál ha sido el nivel promedio de producción diaria durante
los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del
presente año?
sábado, 04 de febrero de 2006 06:03:46 a.m.