CUADRO 2.

CORTE FEDERAL EN SAN DIEGO DETERMINÓ LA ILEGALIDAD DE LOS PERMISOS DE TRANSMISIÓN.

QUE LLEVARÍAN LA ELECTRICIDAD PRODUCIDA EN MEXICALI A LOS CONSUMIDORES EN CALIFORNIA

 

La Corte del Distrito del Sur de California en San Diego determinó que el Departamento de Energía de Estados Unidos actuó de manera ilegal al otorgar los permisos presidenciales para la construcción de líneas de transmisión que llevaría la electrici­dad producida en dos centrales de termoeléctricas en las afueras de la ciudad de Mexicali, Baja California. Una de ellas llamada "la Rosita", propiedad de Intergen, con una capacidad de generación de 1,065 MW plantea exportar 560 MW de elec­tricidad a California y vender el resto a la CFE. La otra, llamada "Termoeléctrica de Mexicali, propiedad de Sempra, contara con una capacidad de 600 MW. Ambas serán alimentadas con gas natural traído del sur de Arizona o plantas de regasifica­ción que se proyecta construir en las proximidades de Ensenada. La red de gasoductos esta siendo desarrollada por un con­sorcio donde participan Sempra, Pacific Gas & Electric y Proxima Gas de México

 

La juez, Irma González, tomó esta decisión al escuchar las voces de los residentes locales, de las organizaciones de salud y de los ambientalistas, quienes argumentaron que el gobierno del presidente George W. Bush no evaluó de forma adecuada el impacto ambiental que tendrán estas plantas en proceso de construcción.

 

El fallo de la Corte se realizó después de que fuera presentada una demanda en contra del Departamento de Energía y del Departamento de Manejo de Tierras de los Estados Unidos, por parte de los grupos ambientalistas Earthjustice. Wild Herat y Grupo Fronterizo sobre Plantas de Energía, en marzo de 2002.

 

Los argumentos que utilizó la juez fueron los siguientes.

·       Los Departamentos de Energía y de Manejo de Tierras violaron la ley de Política Ambiental Nacional al ignorar las recomendaciones Agencia de Protección Ambiental (EPA).

·       La declaración del Departamento de Energía acerca de que no encontró impacto significativo al medio ambiente, fue ilegal en dos sentidos.

1. la conclusión del Departamento que apoyó los planes de las compañías Integen y Sempra de enfriar las plantas con aguas tratadas que posteriormente serían desalojadas en el Río Nuevo y en el Mar de Salton, siendo que ambos se encuen­tran en estado critico de contaminación.      

2. El gobierno ignoró la importante controversia pública que había alrededor del proyecto, ya que se recibieron 400 co­mentarios al respecto. Por esta razón, el error del Departamento fue Ignorar tales opiniones al no ordenar una investigación completa de impacto ambiental. ­

·       El Departamento de Energía había dado tratamiento adecuado a las partículas de óxido de nitrógeno, pero que no hi­zo consideración adecuada de las emisiones de dióxido de carbono y de amoníaco.

 

El Departamento de Energía no consideró el efecto acumulativo de las emisiones de las plantas en el Condado Imperial y la Cuenca de Mexicali, ya que actualmente, ninguna de estas dos regiones cumple con los estándares de calidad de aire tanto de los Estados Unidos como de México.