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Negativa

En alcance a la solicitud recibida con No. de Folio 1811100001905, dirigida a la Unidad de enlace de COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA, el día 28/03/2005, nos permitimos hacer de su conocimiento que

Con fundamento en los artículos 44 y 45 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la información no puede ser proporcionada debido a que es:

 

Confidencial

Motivo del daño por divulgar la información:
no proporciono informacion

Fundamentación Legal:
 
Ley   Artículo y fracción
LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL   82 y 83

 
De acuerdo a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en su artículo 49, el solicitante tendrá 15 días hábiles, a partir de la fecha de resolución a su solicitud para presentar un recurso de revisión ante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública
 

Martes, 29 de Marzo de 2005 04:59:16 p.m.

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